INSS Y SEGURO ESCOLAR

Tratamientos Parcialmente Cubiertos por el INSS a través del Seguro Escolar

CATA es centro concertado del INSS por la prestación sanitaria del seguro escolar obligatorio. Cubre el tratamiento a alumnos/as desde 3º de la ESO hasta los 28 años, en régimen de hospitalización, hospital de día y ambulatorio, que estén cursando una formación reglada.

  • 3º y 4º de la ESO.
  • Bachillerato.
  • Formación Profesional de 2º grado, grado medio, superior y especial.
  • Módulos profesionales.
  • Estudios universitarios de grado medio, grado superior y doctorado.
  • Programas de garantía social.
  • Programas de centros integrados.
  • Estudios de grado superior en conservatorios de música y danza.
  • Arte dramático.
  • Teología en los centros superiores de la iglesia católica.
  • Segundo curso de educación secundaria para personas adultas.
  • Estudiantes universitarios que realicen prácticas en empresas.
  • Programas de formación para la transición a la edad adulta.

La ayuda de este seguro cubre el hospital de día. Esta prestación se concede por un período de seis meses prorrogables hasta dos años.

Requisitos para el seguro escolar

Los alumnos que se acogen a esta cobertura en nuestro Centro, disponen del mismo tratamiento de calidad, que se percibe a nivel privado. Está destinado a todos aquellos alumnos de enseñanza nacional y extranjera entre los periodos que van de 3º de la ESO hasta los 28 años, que estudien y estén matriculados en el territorio español en alguno de los estudios citados anteriormente, a través de una enseñanza reglada acreditando el paso de un año desde la fecha de matriculación, y que aporten la siguiente documentación, además de cumplir todos los requisitos:

Alumnos españoles

  • Fotocopia del DNI.
  • Dos justificantes oficiales del INSS, sellado por el centro escolar español conforme que está abonado al seguro escolar obligatorio. El seguro escolar cubre a partir de 3r. ESO, donde sólo hace falta una cuota del año actual que esté cursando. A partir de 4rto de ESO, ya son dos cuotas, la del año actual y la de un año anterior.
  • Si el alumno está trabajando o dado de alta en algún régimen de la Seguridad Social, ha de dirigirse a este régimen. NO puede hacer uso del seguro escolar.

Alumnos comunitarios

  • Además de los requisitos 1, 2 y 3 nombrados anteriormente, han de presentar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, que lo expide la Policía Nacional.

Alumnos extranjeros y no comunitarios

  • Además de los requisitos 2 i 3 nombrados anteriormente, han de presentar una fotocopia del permiso de residencia en vigor.

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